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Condiciones generales de venta de Aquadeck B.V., con domicilio social en: De la Minestraat 2, 6021 PJ Budel, Países Bajos.
Las presentes condiciones generales se aplicarán con carácter exclusivo a todas las ofertas y presupuestos que realicemos, a todos los contratos celebrados con nosotros para la compraventa de bienes y/o la prestación de servicios, así como a la ejecución de dichos contratos y a todas las demás obligaciones contraídas frente a nosotros. Por la presente se rechaza expresamente la aplicabilidad de cualesquiera condiciones utilizadas por la contraparte, sea cual sea su denominación.
Solo podrán acordarse por escrito desviaciones respecto de las presentes condiciones generales, y estas únicamente serán válidas una vez que las hayamos confirmado expresamente por escrito. El hecho de que no siempre exijamos el cumplimiento de estas condiciones no implicará que estas no sean aplicables ni que perdamos el derecho a exigir su estricto cumplimiento en casos futuros, sean o no similares.
A efectos de las presentes condiciones generales, se entenderá por contraparte: toda persona jurídica o física que haya celebrado un contrato con nosotros o que haya recibido de nosotros una oferta para dicho contrato y, además de dicha persona jurídica o física, también su(s) representante(s), mandatario(s) y causahabiente(s) a título universal o particular.
Todas las ofertas y presupuestos que realicemos a la contraparte serán sin compromiso. Una oferta solo será vinculante si la hemos realizado por escrito con indicación del plazo durante el cual puede aceptarse. Dicha aceptación solo podrá realizarse por escrito.
Todas las listas de precios, folletos y demás datos facilitados junto con una oferta son lo más exactos posible, pero solo serán vinculantes si así lo hemos confirmado expresamente por escrito en la oferta.
En principio, confirmaremos los contratos por escrito a la contraparte, pero si no se hubiera hecho, ello no afectará a nuestro derecho a probar de otro modo la celebración y el contenido del contrato. Los acuerdos verbales, incluso cuando se refieran a una modificación o rescisión de un contrato, serán confirmados por escrito por nuestra parte en la medida de lo posible. Lo que hayamos confirmado por escrito a la contraparte constituirá prueba concluyente de lo indicado en dicha confirmación.
En el caso de contratos, entregas y pedidos para los que no se haya emitido oferta, presupuesto y/o confirmación de pedido por escrito, la factura o el albarán de entrega se considerará asimismo confirmación del pedido, y se entenderá que refleja de forma correcta y completa el contrato.
Si la contraparte no cumple, no cumple debidamente o no cumple a tiempo cualquier obligación derivada del contrato celebrado con ella o de las presentes condiciones, así como en caso de quiebra, suspensión provisional de pagos o solicitud de quiebra o de suspensión provisional de pagos, o si ha perdido su libertad de actuación como consecuencia de embargos o por cualquier otro motivo o dicha libertad se ve limitada, o si nos ha parecido que la contraparte no es suficientemente solvente, extremo que nos corresponderá juzgar a nosotros, tendremos derecho a resolver el contrato o a considerarlo resuelto sin necesidad de intervención judicial alguna, sin estar obligados a indemnizar daños y perjuicios y sin perjuicio de nuestro derecho a exigir a la contraparte la indemnización de los daños sufridos por nosotros. Seguiremos siendo propietarios de los bienes entregados por nosotros hasta que la contraparte haya efectuado el pago íntegro.
Si la contraparte incumple sus obligaciones contractuales en cualquier sentido y de cualquier forma, tendremos derecho a recuperar o hacer recuperar de inmediato los bienes de la contraparte, y la contraparte nos autoriza ya desde ahora de forma irrevocable a acceder a los locales o terrenos donde se encuentren los bienes con el fin de tomar posesión de los mismos.
Las obligaciones derivadas de los contratos son indivisibles. Si son varias las personas que son parte del contrato, todas ellas responderán solidariamente de todas las obligaciones derivadas del contrato, sea cual sea su denominación.
Todos los precios y tarifas se expresan en euros y no incluyen el IVA ni cualesquiera otros gravámenes impuestos por la administración en el momento de la aceptación del pedido.
Los precios se basan en los precios de las materias primas y otros materiales, los tipos de cambio, los salarios, los impuestos, los derechos, las tasas, las tarifas de transporte, etc., vigentes en el momento de la oferta. Si, tras la confirmación del pedido, alguno de los factores de coste antes mencionados experimenta una variación en nuestro perjuicio, tendremos derecho a ajustar en consecuencia el precio acordado, en la medida en que la ley no lo prohíba e independientemente de que dicha variación fuera o no previsible para nosotros en el momento de la celebración del contrato. Las variaciones del precio acordado no darán derecho a la contraparte a rescindir el contrato total o parcialmente.
Todos los precios que figuren en el presupuesto, en la confirmación del pedido o en el contrato no incluyen el IVA. Los pagos se efectuarán con el IVA incluido.
Aunque siempre estudiaremos con buena disposición cualquier solicitud de consentimiento para introducir modificaciones y ampliaciones en los trabajos y/o entregas acordados, en ningún caso estaremos obligados a otorgar dicho consentimiento. La contraparte deberá solicitarnos por escrito cualquier modificación, que solo será vinculante si y en la medida en que la hayamos aceptado por escrito.
Si una modificación o ampliación de los trabajos y/o entregas acordados da lugar a trabajos y entregas adicionales, estos se facturarán siempre a la contraparte conforme a las tarifas vigentes en ese momento. Si una modificación o ampliación de los trabajos y/o entregas acordados da lugar a una reducción de los trabajos, ello podrá conllevar una reducción del precio acordado, si bien nos reservamos el derecho a facturar a la contraparte los costes ya incurridos por nosotros, las horas de trabajo y los equipos que no puedan emplearse de otro modo de forma rentable, así como el lucro cesante.
Comunicaremos por escrito a la contraparte la aparición de trabajos adicionales lo antes posible y, en cualquier caso, antes de su ejecución. Se considerará que la contraparte consiente la ejecución de los trabajos adicionales y sus costes, salvo que se oponga a dichos trabajos adicionales en el plazo de cinco días a partir de una notificación escrita nuestra a tal efecto. Los trabajos adicionales nunca darán lugar a la resolución del contrato.
Si celebramos con la contraparte un contrato que no prevé la ejecución de un volumen único de trabajos y/o la realización de una entrega única, sino la prestación periódica o regular de otro modo de trabajos por nuestra parte, dicho contrato se aplicará durante el período expresamente acordado o, a falta de este, durante un período de un año.
Cualesquiera trabajos de montaje y/o instalación correrán siempre a cargo de la contraparte y se facturarán conforme a las tarifas vigentes en ese momento, salvo que se acuerde expresamente y por escrito otra cosa.
Los plazos de entrega indicados en ofertas, confirmaciones y/o contratos se indican siempre según nuestro leal saber y entender y se respetarán en la medida de lo posible. El hecho de que se superen dichos plazos, cualquiera que sea la causa, nunca dará derecho a la contraparte a indemnización alguna, a la resolución del contrato ni al incumplimiento de cualquier obligación que se derive para ella del contrato en cuestión o de cualquier superación del plazo de entrega, a nuestra discreción, en cuyo caso entablaremos conversaciones con la contraparte.
El plazo en el que, o el momento en el que, respectivamente, deberán haberse realizado los trabajos o las entregas acordados se ha fijado en la expectativa de que las circunstancias en las que tendrá lugar la entrega o la finalización no cambiarán tras la aceptación del pedido. Si se produce tal cambio de circunstancias, fuera o no previsible, de forma que se ocasione un retraso en la entrega o la finalización, el plazo acordado de entrega o finalización se aplazará en consecuencia, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 en caso de que un supuesto de fuerza mayor nos impida temporal o permanentemente ejecutar el contrato.
Si se ha acordado que los trabajos y/o entregas se realicen por fases, tendremos derecho a aplazar el inicio de los trabajos y/o entregas correspondientes a una fase siguiente hasta que la contraparte haya reconocido por escrito la finalización de la fase anterior y haya cumplido todas sus obligaciones financieras relativas a la entrega parcial.
El envío, el transporte y/o la cesión de bienes, incluidos los materiales, se realizarán siempre por cuenta y riesgo de la contraparte. Solo estaremos obligados a contratar una cobertura de seguro si y en la medida en que hayamos asumido expresamente y por escrito la obligación de hacerlo.
El horario de trabajo de nuestros empleados se determinará, siempre que sea posible, de común acuerdo con la contraparte.
En el caso de pedidos relativos a la ejecución de trabajos y/o la prestación de servicios a los que se aplique un precio fijo, el lugar y el horario en que se realizarán los trabajos serán determinados siempre por nosotros.
La contraparte nos proporcionará siempre a tiempo toda la colaboración, los datos y la información que consideremos útiles o necesarios para poder realizar los trabajos o las entregas encargados.
La contraparte se asegurará de que los espacios en los que se encuentren los bienes suministrados por nosotros a los que se refieren las obligaciones de garantía cumplan los requisitos aplicables para permitir el funcionamiento normal de dichos bienes, y de que dichos requisitos se cumplan en todo momento.
Todos los costes en que incurramos como consecuencia del incumplimiento, el cumplimiento tardío y/o el cumplimiento indebido por parte de la contraparte de las obligaciones mencionadas en el presente artículo correrán a cargo de la contraparte.
La contraparte deberá inspeccionar o hacer inspeccionar los artículos adquiridos en un plazo lo más breve posible atendiendo a las circunstancias, y en todo caso en un plazo máximo de cinco días a partir de la entrega. La contraparte perderá el derecho a alegar que los artículos no se ajustan al contrato si no nos lo notifica por escrito en un plazo razonable y, en cualquier caso, en el plazo de ocho días a partir del momento en que lo descubra o debiera haberlo descubierto, indicando la naturaleza del defecto. En todos los casos, el derecho de la contraparte a alegar que los artículos no se ajustan al contrato se extinguirá si ha instalado y/o transformado y/o puesto en servicio los artículos adquiridos, con excepción de una reclamación relativa a defectos cubiertos por la garantía a que se refiere el artículo 13.
En ningún caso seremos responsables de daños de cualquier naturaleza, ya sean directos o indirectos, incluidos los daños por interrupción de la actividad, los daños por paralización, los daños a bienes muebles o inmuebles o a personas, todo ello tanto en las instalaciones de la contraparte como en las de terceros, si los daños han sido causados por bienes suministrados y/o instalados por nosotros y/o por servicios prestados por nosotros o por cualquier otra causa, salvo que la ley disponga imperativamente otra cosa y salvo que exista culpa grave o dolo por nuestra parte. No obstante, no seremos responsables de los daños a que se refiere la frase anterior si dichos daños han sido causados por dolo o culpa grave de nuestros subordinados y/o de terceros a los que hayamos recurrido para la ejecución del contrato.
La contraparte nos eximirá a nosotros y a nuestros empleados de cualquier reclamación de terceros en relación con daños de cualquier tipo causados por el uso de los servicios prestados y de los productos suministrados por nosotros.
La contraparte nos eximirá de cualquier reclamación de terceros que, por instrucción de la contraparte, realicen trabajos en beneficio de los proyectos y/o servicios acordados. No seremos responsables de los costes o daños causados por actos u omisiones de la contraparte o de terceros implicados en el proyecto por la contraparte.
Todos los riesgos y responsabilidades derivados de los servicios prestados por nosotros y/o de los trabajos realizados por nosotros en beneficio de la contraparte se considerarán transmitidos a la contraparte en el momento de la recepción o en el momento en que el contrato con la contraparte haya finalizado y se haya resuelto en virtud de las presentes condiciones.
Si somos responsables frente a la contraparte por defectos en los artículos vendidos por nosotros, únicamente estaremos obligados a subsanar los defectos o, a nuestra exclusiva elección, a entregar en el lugar de entrega original un artículo igual o equivalente o, a nuestra exclusiva elección, a indemnizar los daños en metálico. Nuestra responsabilidad en virtud del contrato celebrado con la contraparte y de las presentes condiciones generales se limitará en cualquier circunstancia al importe de la factura del contrato, IVA excluido. Queda excluida cualquier otra responsabilidad, ya sea por daños directos o indirectos, costes e intereses, por cualquier motivo.
Si, por causa de fuerza mayor de carácter permanente o temporal, nos viéramos impedidos para ejecutar (el resto de) el contrato, tendremos derecho, a nuestra elección y sin obligación alguna de abonar indemnización o penalización, y sin perjuicio de nuestros demás derechos, a suspender la ejecución (ulterior) del contrato o a considerar el contrato total o parcialmente resuelto sin necesidad de intervención judicial alguna.
Existirá fuerza mayor por nuestra parte cuando, tras la celebración del contrato, nos veamos impedidos para cumplir nuestras obligaciones contractuales como consecuencia de (riesgo de) guerra (civil), disturbios, actos de guerra, incendio, daños causados por el agua, inundaciones, huelgas, ocupación de instalaciones industriales, cierre patronal, restricciones a la importación y exportación, medidas gubernamentales, averías de máquinas, interrupciones en el suministro de energía, todo ello tanto en nuestra empresa como en la de terceros de los que debamos obtener total o parcialmente las materias primas u otros materiales necesarios, así como durante el almacenamiento o el transporte, se realice o no bajo nuestra propia gestión, y además por cualquier otra causa que no nos sea imputable o que quede fuera de nuestro ámbito de riesgo.
Concedemos garantía sobre las cubiertas de lamas para piscinas suministradas única y exclusivamente si, y en la medida en que, hayamos recibido una garantía de nuestros proveedores. Los certificados de garantía emitidos por nuestros proveedores se entregarán a la otra parte en el momento de la entrega o estarán disponibles en nuestras oficinas. Sobre las cubiertas de lamas para piscinas concedemos una garantía de cinco años desde la entrega para las lamas de policarbonato, de cinco años desde la entrega para las lamas de PVC y de cinco años desde la entrega para los motores, con arreglo a las siguientes condiciones. Queda expresamente excluida de esta garantía la aparición de condensación en las lamas solares y/o transparentes.
Si, en virtud de la garantía, somos responsables de defectos, nuestra responsabilidad se limita a la obligación de subsanar el defecto o, exclusivamente a nuestra elección, de entregar en el lugar de entrega original un artículo idéntico o equivalente. Quedan expresamente excluidos de la garantía la mano de obra o los costes de mano de obra relacionados con la reinstalación o la sustitución de los artículos sobre los que concedemos la garantía. Si dichos costes deben asumirse en relación con el cumplimiento de las obligaciones de garantía, estaremos autorizados a cargarlos a la otra parte según nuestras tarifas habituales.
Las obligaciones de garantía mencionadas en los apartados anteriores del presente artículo quedarán sin efecto si la otra parte ha realizado o encargado modificaciones o reparaciones en los bienes entregados, si los bienes entregados se utilizan para fines distintos de los previstos o si, a nuestro juicio, han sido tratados o mantenidos de forma inadecuada. La otra parte no podrá derivar derecho alguno de esta garantía si demostramos de forma razonable que no ha seguido las instrucciones de mantenimiento y de uso facilitadas por nosotros o en nuestro nombre.
Los derechos derivados de las presentes disposiciones de garantía solo podrán cederse entre nuestro cliente y el usuario de los artículos adquiridos si nuestro cliente es un revendedor. En todos los demás casos, los derechos derivados de esta garantía son personales e intransferibles.
Tendremos derecho a cargar a la otra parte, conforme a nuestras tarifas vigentes, los costes de localización de defectos que, de acuerdo con las presentes disposiciones, estén excluidos de la garantía.
El pago de los bienes que debamos entregar y/o de los servicios que debamos prestar se efectuará por adelantado, salvo que se acuerde otra cosa por escrito, sin deducción de descuento alguno y sin compensación de deudas, que no se permitirá salvo autorización expresa y por escrito por nuestra parte.
El pago de las facturas que emitamos por trabajos realizados y/o servicios prestados y/o productos entregados se efectuará en un plazo de catorce días a partir de la fecha de factura, salvo que se acuerde otra cosa por escrito, sin deducción de descuento alguno y sin compensación de deudas, que no se permitirá salvo autorización expresa y por escrito por nuestra parte.
Antes de la entrega de bienes y/o de la prestación de servicios, tendremos derecho a exigir a la otra parte (más) garantías del cumplimiento de sus obligaciones antes de proceder o continuar con la entrega o la prestación. Esta disposición también se aplicará si se ha estipulado un crédito. La negativa de la otra parte a aportar la garantía solicitada nos dará derecho a considerar resuelto el contrato, sin perjuicio de nuestro derecho a ser indemnizados por los gastos, los daños empresariales y el lucro cesante.
En cualquier caso, la totalidad del importe adeudado será exigible de inmediato si un plazo no se ha pagado puntualmente en la fecha de vencimiento, si la otra parte solicita o ha solicitado la declaración de quiebra, la suspensión provisional de pagos o la tutela, si se practica algún embargo sobre los bienes o créditos de la otra parte, y si la otra parte fallece, entra en liquidación o, en caso de ser una persona jurídica, se disuelve.
Si el importe adeudado por la otra parte según la factura no se ha abonado en el plazo indicado, la otra parte incurrirá en mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento previo y nos adeudará, desde la fecha de factura, un interés del 1,5 % por mes (o fracción de mes) sobre el importe total pendiente, hasta la fecha del pago íntegro y sin perjuicio de nuestros demás derechos.
Si nos vemos obligados a ceder a un tercero, a efectos de su cobro, una factura que haya quedado (parcialmente) impagada, correrán a cargo de la otra parte los gastos extrajudiciales de cobro, que ascienden al 15 % del importe que se ha de cobrar, IVA excluido, con un mínimo de 250 € IVA excluido, así como la totalidad de los costes, incluidos los costes de los procedimientos judiciales y los honorarios de nuestros asesores jurídicos. Todo ello sin perjuicio de nuestro derecho a exigir el cumplimiento o la resolución, en ambos casos con o sin indemnización por los daños sufridos.
Todo pago efectuado por la otra parte se imputará en primer lugar a los intereses que la otra parte nos adeude al tipo habitual, a continuación a los gastos de cobro en que hayamos incurrido y, por último, a la factura impagada más antigua.
Todos los bienes que suministremos a la otra parte seguirán siendo de nuestra propiedad hasta que la otra parte haya cumplido todas sus obligaciones para con nosotros, por cualquier título.
La otra parte no podrá enajenar ni gravar los bienes que se le hayan suministrado mientras no haya abonado íntegramente el importe que nos adeuda.
Todas las ofertas que realicemos, todos los contratos celebrados con nosotros y todas las obligaciones contraídas con nosotros, así como su ejecución, se regirán exclusivamente por el Derecho neerlandés.
Todos los litigios, incluidos aquellos que solo una de las partes considere como tales, derivados de o relacionados con una oferta u obligación a la que se apliquen las presentes condiciones, o relativos a las propias condiciones o a su interpretación o aplicación, tanto de naturaleza fáctica como jurídica, se resolverán, en la medida en que lo permitan las disposiciones legales, ante el juez con competencia absoluta del juzgado cantonal (Kantonrechter) de Eindhoven y del Tribunal de Distrito de ‘s-Hertogenbosch.
Las partes reconocen que el Reglamento (UE) n.º 2016/679 y la Directiva 95/46/CE, en adelante denominados conjuntamente la «Legislación sobre privacidad», son aplicables al tratamiento de datos personales en el marco de todo contrato de compraventa. El cliente es el responsable del tratamiento en el sentido de la Legislación sobre privacidad y, por tanto, es la parte que determina la finalidad y los medios del tratamiento de los datos personales. Aquadeck es únicamente el encargado del tratamiento en el sentido de la Legislación sobre privacidad y trata los datos personales exclusivamente en nombre o por encargo del cliente. Las partes, en calidad de responsable y de encargado del tratamiento respectivamente, declaran que cumplirán la Legislación sobre privacidad. El cliente exime íntegramente a Aquadeck de toda pérdida, daño y gasto, directo e indirecto, incluidas las costas judiciales y los gastos jurídicos, por cualquier reclamación de terceros a este respecto. El cliente declara haber tomado conocimiento de la declaración de privacidad publicada en nuestro sitio web.
Inscrita en la Cámara de Comercio de Eindhoven con el número 17116175.